domingo, 19 de mayo de 2013

mayo 19, 2013

Después de que la "Serie A" solicitó al Dr. Luis Alberto Navarrete Ruiz del Hoyo la realización de una asamblea especial de la misma serie A (como esta previsto en el Estatuto Fundacional) para Renovar el Consejo de Administración y por ende relevar al Director, el Consejo comandado por Luis Alberto, con la complicidad del Dr. Carlos Wabi Dogre, comisario, simularon (con fecha previa a dicha solicitud de la serie A) una reunión del Consejo de Administración para convocar a una Asamblea General de Accionistas y modificar el Estatuto.






Para dicha simulación se prestó el abogado titular de la Notaría Pública Número 56 de Yucatán, Rubén Bolio Pastrana (quien se ha estado prestando a muchas cosas), quien dio "fe" de dicha sesión de Consejo de Administración que nunca tuvo lugar.

A continuación, el segundo comunicado que denunciaba esa maniobra, que consumaría la modificación del estatuto el 25 de marzo de 2011. Al estar notarizada, esa sesion del consejo de administración se constituyó en una "verdad legal"

A LA COMUNIDAD MÉDICA Y ACCIONISTAS DE LA CLÍNICA DE MÉRIDA

¿Por qué es ilegal la Asamblea General convocada para el 25 de marzo?

1.-    La Asamblea General Extraordinaria convocada ilegalmente tiene como objetivo fundamental, según consta en la convocatoria publicada en el Diario Oficial, modificar y eliminar del Estatuto de la Clínica de Mérida S.A. de C.V. la cláusula 11ª del pacto social, que es la que otorga facultades exclusivas a los Accionistas de la Serie “A” para designar al Consejo de Administración de la Sociedad.


2.- La mayoría de los accionistas “serie A” hemos solicitado con anterioridad la realización de la Asamblea Especial “serie A”, pero el Consejo de Administración actual indebidamente no ha accedido a convocarla, a pesar de la formal petición ante notario. Cuando se realice la Asamblea Especial “A” conforme está previsto en los Estatutos, se formalizara el relevo institucional del Consejo y del Cuerpo de Gobierno de la Clínica. La administración actual ha preferido violentar el estatuto y convocar a una asamblea general extraordinaria contraria a la Ley.

3.-  Para que una Asamblea General (aun teniendo mayoría de votos) pudiese legalmente modificar y derogar la cláusula 11ª, se requeriría que la mayoría de los accionistas de la serie” A” diesen su consentimiento y renunciaran a su legítimo derecho a designar al Consejo de Administración, cosa que no ha ocurrido.

4.- De realizarse y consumarse la ilegal Asamblea General Extraordinaria del próximo 25 de marzo, sus efectos serán impugnados y nulificados jurídicamente, ya que contravienen la Ley General de Asociaciones Mercantiles, propiciando inútilmente que la sociedad Clínica de Mérida S.A. de C.V. entre en un conflicto legal entre sus accionistas. Igualmente, un consejo de administración derivado de dicha asamblea será ilegal y nulificado en su momento por los tribunales correspondientes.

5.- Bajo fuertes presiones y engaños, se ha solicitado a muchos médicos y accionistas que entreguen, firmen y otorguen poderes al Dr. Luis Alberto Navarrete Ruiz del Hoyo, para manipular de antemano el sentido de su voto y asegurar “su asistencia” a dicha Asamblea del 25 de marzo. Esos poderes y esa supuesta asistencia serán utilizados para un fin ilegal e inmoral, ya que contravendrán a los estatutos de la sociedad y a la Ley.

6.- La misma convocatoria para el 25 de marzo es ilegal de origen, ya que se basa en un “acuerdo” derivado de una junta o sesión del Consejo de Administración que nunca se realizó y que se hizo “constar” en libros en fecha posterior, simulando que tuvo efecto el 15 de febrero, para hacer parecer que tuvo verificativo en fecha anterior a la formal solicitud que los accionistas de la Serie A hicimos a las actuales autoridades administrativas de la Clínica para realizar la hasta ahora no convocada asamblea especial de Accionistas “A” para realizar el relevo del Consejo de Administración conforme a Derecho.

 
El Abog. Rubén Bolio Pastrana dio "fe" de una sesión del Consejo de Administración de la clínica de Mérida que nunca tuvo lugar.

7.- Llamamos a la sensatez al actual Consejo de Administración de la Clínica de Mérida; el único cauce legal admisible es convocar, como lo establece el estatuto y la Ley, para que se celebre la sesión especial de accionistas de la serie A y se nombre al nuevo Consejo como está previsto. Haremos prevalecer el marco estatutario de la Sociedad y la Ley. no es conveniente para nadie seguir enredando y enlodando en la ilegalidad a la Clínica de Mérida.

Mérida, Yucatán, a 18 de marzo de 2011

EL 62% DE LOS ACCIONISTAS SERIE “A”

DR. RAÚL CÁRDENAS PÉREZ

TEODORO A. ORTIZ ARCE Y FELIPE CÁMARA ARRIGUNAGA

APODERADOS GENERALES DE LOS SEÑORES ARTURO PONCE ALCALÁ, ANA MARÍA PONCE ALCALÁ, GLADYS ARRIGUNAGA ZAVALA VIUDA DE CÁMARA Y RUBÉN PUERTO COMPEÁN

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